Crédito de Consumo

Es un préstamo de dinero que una parte otorga a otra, con el compromiso de que, en el futuro, quien lo recibe devolverá dicho préstamo en forma gradual (mediante el pago de cuotas) o en un solo pago y con un interés adicional que compensa a quien presta, por todo el tiempo que no tuvo ese dinero, El otorgamiento de créditos es regido en Chile por la Ley 18.010.

Foto Crédito de consumo

Características

El crédito de Consumo: es un monto en dinero de libre disposición, que otorga el Banco a personas o empresas para la adquisición de bienes o pago de servicios, y que normalmente es pactado para ser pagado en el corto o mediano plazo (1 a 4 años).

Lo primero a tener en consideración es saber si lo decisión de endeudamiento es realmente necesaria en las condiciones que se ofrecen. Para esto uno debe hacerse las siguientes preguntas:

  1. ¿Estoy satisfaciendo una necesidad o es sólo un deseo? Obviamente que son más importante las necesidades que los deseos y además, las necesidades deben estar en orden de prioridad para la persona, asegurándose de satisfacer las necesidades más urgentes primero.
  2. ¿Es necesario satisfacer la necesidad de inmediato o puedo esperar y ahorrar para satisfacer dicha necesidad?
  3. ¿Estoy dispuesto a asumir mayores compromisos por satisfacer dicha necesidad?

Una vez realizadas estas preguntas se empieza a pensar en pedir un crédito de consumo.

Ahora bien, no cualquier persona puede tener acceso a un crédito de consumo.

¿Tengo capacidad de pago para contratar un crédito de consumo?

Lo segundo que se debe tener en cuenta es conocer la capacidad de pago que tiene la persona.

Antes de pedir un crédito de consumo usted debe evaluar su capacidad de pago, de esta forma podrá determinar cuál es el monto con el que efectivamente puede contar para afrontar el pago de las cuotas del crédito de consumo que desea contratar. Para ello es necesario que:

  • Determine cuál es su ingreso total mensual, esto es, su sueldo más cualquier otro tipo de renta que perciba, como arriendos, pensiones, etc.
  • De ese monto, reste sus gastos fijos, como arriendo o dividendo, cuentas de servicios básicos, pago de colegio o universidad, alimentación, transporte, entre otros.
  • Si usted tiene otro tipo de compromisos, como compras a plazo, también debe incluir el monto de la cuota correspondiente como parte de sus gastos.

Finalmente, el saldo de este ejercicio le indicará su capacidad para asumir un crédito de consumo.

No olvide que siempre pueden surgir gastos no contemplados, por lo que es recomendable tener un monto destinado a cubrir esas necesidades.

Además de conocer su capacidad de pago, el banco le hará una evaluación de riesgos, que considera sus ingresos, su patrimonio, sus gastos y su comportamiento de pago.

Para demostrar lo anterior el banco le solicitará contar con antecedentes comerciales adecuados, esto es no tener protestos de documentos, deudas impagas, entre otros. También debe demostrar ingresos (sueldo) que le permita determinar al banco o casa comercial si podrá o no pagar la deuda, y si tiene reconocer patrimonio.

Adicionalmente, la figura del codeudor solidario a veces es exigida por una entidad financiera para otorgar un crédito. Las instituciones pueden solicitar al cliente que presente un aval o codeudor solidario como una forma de obtener una segunda fuente de pago en caso de que el cliente no cancele el crédito. Esta situación forma parte de las políticas comerciales de la institución.

¿Cómo funciona?

Para obtener un crédito debe cumplir con los requisitos establecidos por la institución financiera.

Algunos requisitos son:

  • Cédula de identidad.
  • Para trabajadores dependientes, copia de sus últimas liquidaciones de sueldo.
  • Copia de su contrato de trabajo, si corresponde, para acreditar antigüedad laboral.
  • Para trabajadores independientes, declaraciones de renta u otros documentos que acrediten sus ingresos.

El otorgamiento de créditos es regido en Chile por la Ley 18.010 que estipula los elementos centrales de este tipo de operaciones, sus límites y la forma en que se deben estipular las obligaciones entre las partes.

Allí se define que "son operaciones de crédito de dinero aquéllas por las cuales una de las partes entrega o se obliga a entregar una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto de aquel en que se celebra el acuerdo".

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos.

¿Cómo obtener un crédito?

Actualmente, la oferta de créditos de consumo es bastante amplia, abarcando a distintos tipos de instituciones financieras, como bancos, cooperativas, casas comerciales, entre otras. Para evaluar su solicitud de crédito, ellos le solicitarán información para comprobar su capacidad de pago, lo que condicionará tanto el otorgamiento como las condiciones del crédito que le ofrezcan.

Debe tener en cuenta que, junto con cumplir la ley que rige este tipo de operaciones, cada institución posee autonomía para establecer las condiciones que estime conveniente al momento de otorgar el crédito.

Al solicitar un crédito la institución financiera puede ofrecer algunas facilidades de pago a las cuales el cliente puede optar, pero debe pagar su costo.

¿Qué son meses de gracia y de no pago en un crédito de consumo?

Son modalidades especiales que le permiten diferir el pago de las cuotas de un crédito. Postergar el pago de las cuotas de un crédito es una decisión con efectos palpables.

Las instituciones ofrecen básicamente dos modalidades que permiten diferir el pago de las cuotas y que incluso pueden coexistir en un mismo crédito si así lo acuerdan las partes al momento de contratar.

Estas son:

  • Meses de gracia: en este caso el cliente puede comenzar a pagar la primera cuota en una fecha posterior al primer vencimiento, plazo que normalmente oscila entre una y seis cuotas a contar de la fecha de otorgamiento del crédito. Ahora bien, esto tiene un costo para el cliente ya que durante los meses en que no se paga la cuota, se acumulan los intereses sobre el capital, haciendo que la deuda inicial aumente y por ende el valor de la cuota a pagar.
  • Meses de no pago: el cliente puede optar por no pagar una o más cuotas del crédito a su vencimiento, siempre que se cumplan las condiciones acordadas con quien le otorga el crédito, sin embargo, como contrapartida debe tenerse presente que esto provoca la acumulación de los intereses de la cuota no pagada, que se suma al capital adeudado.

Cabe recordar que al solicitar este tipo de modalidades el número de cuotas a pagar no variará, ya que se estimará el valor de la cuota considerando el plazo solicitado por el cliente.

También es posible solicitar un crédito para poder pagar otros créditos y de esta forma renegociar las condiciones financieras para poder ordenar el presupuesto o hacer frente a cambios en las condiciones financieras.

¿Es posible adelantar el pago de un crédito?

Prepagar es un derecho irrenunciable que se ejerce bajo ciertas condiciones bien definidas. Mientras cumpla los requisitos es posible pagar un crédito anticipadamente.

Se entiende por prepago el pago anticipado del monto total o parcial de una deuda contraída con un banco o institución financiera. Se debe tener presente que éste es un derecho irrenunciable que tiene toda persona desde el momento en que se solicita el crédito.

De acuerdo a las normas vigentes, es posible anticipar el pago de todo o parte de lo adeudado aún en contra de la voluntad del acreedor en la gran mayoría de los créditos siempre que se cumplan ciertas condiciones. Sólo se necesita el consentimiento del acreedor si paga menos del 10% del valor del capital adeudado, o si el crédito es superior al equivalente de 5.000 UF ($ 130 millones aproximadamente, al cambio de la UF a comienzos de 2018).

En estos casos, sólo se pagarán los intereses hasta la fecha del prepago y una comisión de prepago cuyo valor corresponde a un mes de intereses para las operaciones no reajustables (préstamo en pesos), o de mes y medio de intereses para las operaciones reajustables (créditos en UF), en ambos casos el cálculo se realiza considerando el capital que se prepaga.

Por su parte, la comisión de prepago puede tener un valor superior al indicado precedentemente si se trata de créditos otorgados con anterioridad al 26 de junio de 2004.

¿Puedo pedir un crédito para pagar otros?

Consolidar sus deudas en un solo crédito es una opción para estabilizar su situación financiera. Usted puede pedir un crédito para pagar las deudas que tenga en distintas instituciones, quedando con un solo acreedor. Esta operación se conoce como compra de cartera y se utiliza para que la persona pueda ordenar su endeudamiento, adecuarlo a su capacidad de pago y/o aprovechar mejores condiciones de mercado. Para que este tipo de operación sea lo más útil posible, usted debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Considere los gastos de cada una de las operaciones que va a realizar, esto es, los gastos tanto de prepago de los antiguos créditos como los involucrados en el nuevo crédito.
  • Solicite liquidación de prepago de las deudas que desea pagar anticipadamente. Este documento permite saber además del capital adeudado, el valor de la comisión de prepago y los intereses devengados a la fecha en que se solicita. Por esta razón las liquidaciones tienen un tiempo corto de vigencia y es posible que al momento de materializar el pago surjan pequeñas diferencias.
  • Exija el certificado de la Ley 20.130 a cada institución financiera que sea acreedora de las deudas que pretende consolidar; esto le permitirá no pagar nuevamente el impuesto de timbres y estampillas por el nuevo crédito que solicita. En todo caso tenga presente que este beneficio no se aplica para las líneas de crédito.
  • Consulte si cumple con los requisitos que le permiten exigir la devolución proporcional de los seguros de prima única contratados voluntariamente en su crédito de consumo. La norma que rige este proceso (Circular 2.114 de la Comisión para el Mercado Financiero), indica que "la prima a devolver se calculará en proporción al tiempo no transcurrido, sin efectuar ninguna deducción, esto es, comprenderá toda suma que se haya pagado con ocasión del seguro, independientemente de la causa, motivo u objeto por la que fue pagada, salvo excepciones legales".

Información adicional de este tema se puede revisar en el Capítulo 7-1 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF.

¿Se puede renegociar un crédito?

Siempre que se cuente con la voluntad de las partes puede renegociarse un crédito. Renegociar un crédito es una decisión cuya conveniencia debe considerar.

Siempre que se cuente con la voluntad de las partes puede renegociarse un crédito. La decisión del Banco depende de las políticas crediticias que tenga y de la relación que mantenga con su cliente. Si la renegociación se lleva a cabo, nace un nuevo crédito y, por ende, puede tener condiciones distintas al crédito anterior en términos de tasa, plazo, valor de la cuota, garantías, etc.

Sólo la evaluación completa de estos valores permitirá definir si la renegociación es conveniente y debe llevarse a cabo. En ocasiones, el costo por la operación puede no estar acorde a sus expectativas por lo que debe reevaluar la necesidad de renegociar el crédito.

Otra consideración que hay que saber es que se pueden contratar seguros asociados al crédito de consumo. Dichos seguros son voluntarios.

¿Las normas de la CMF establecen seguros obligatorios para obtener un crédito de consumo?

Los seguros en créditos de consumo se rigen bajo un estándar legal.

Los seguros que van asociados a los créditos de consumo son regulados por el artículo 8 de la Ley Nº 20448, publicada en el año 2010.

Allí se plantea, "los proveedores de créditos que exijan la contratación de seguros asociados a su otorgamiento no podrán condicionarlo, ni ofrecer condiciones de contratación distintas, a aquellos consumidores que contraten los seguros que tales proveedores ofrezcan o intermedien, pudiendo el deudor contratar libremente la póliza en cualesquiera de las entidades que los comercialicen".

Es importante comprender que la función de dichos seguros es pagar el crédito o parte de el si ocurre el evento asegurado.

Los seguros asociados a créditos de consumo son generalmente de tres tipos:

  • Desgravamen
  • Desempleo
  • Incapacidad laboral

La entidad financiera debe entregar un desglose de la operación y cualquier seguro asociado a la misma.

Es fundamental saber los costos y detalles de los seguros contratados en cualquier crédito.

Debe entregarse una cotización escrita en una hoja resumen, que debe contener como mínimo:

  • Monto y plazo del crédito
  • Vigencia de la cotización
  • Tasa de interés anual al momento de contratar el crédito de consumo
  • Periodicidad de las cuotas
  • Monto de cada cuota
  • Costo mensual de la prima de seguros
  • Nombre de la aseguradora que ofrece el seguro

Revise: ¿Qué hacer si ocurre un siniestro cubierto por el seguro contratado voluntariamente junto al crédito de consumo?

En todo caso, el Banco tiene obligación de mantener actualizada la información en sus sitios Web con respecto a valores de prima, modalidad de pago y las condiciones que los rigen.

Una vez firmados los documentos estableciendo la relación entre cliente y banco, la operación no puede deshacerse.

¿Es posible anular un crédito de consumo?

Apenas levante el lápiz de los documentos que ha firmado, el crédito se considera otorgado.

Una vez que se ha firmado el pagaré, no es posible anular la operación y volver al estado original.

La alternativa que tiene el deudor es pagar anticipadamente el crédito, en cuyo caso deberá considerar los intereses generados hasta la fecha del prepago y la comisión de prepago.

Para mayor información sobre la normativa de este tipo de operaciones, consulte la Ley 18.010, sobre operaciones de crédito de dinero, y el Capítulo 7-1 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF, referente a intereses y reajustes.

¿Me pueden pedir un aval para el crédito de consumo?

Eventualmente la institución que otorga el crédito podría pedir un aval.

La figura del codeudor solidario a veces es exigida por una entidad financiera para otorgar un crédito.

Las instituciones pueden solicitar al cliente que presente un aval o codeudor solidario como una forma de obtener una segunda fuente de pago en caso de que el cliente no cancele el crédito. Esta situación forma parte de las políticas comerciales de la institución.

Usted debe tener en cuenta que, si le solicitan un aval para su crédito, la institución tiene la obligación de informar al aval, mediante carta certificada al domicilio, cuando el crédito no haya sido pagado dentro del plazo de 10 días hábiles desde la fecha de vencimiento de la obligación.

¿Con quién se contrata?

Es importante saber que los bancos no son las únicas instituciones que prestan dinero a las personas. Hay instituciones bancarias y no bancarias que lo hacen como: Bancos, Casas comerciales, Cajas de compensación, Cooperativas de ahorro y crédito, etc.

Precauciones

Como ya se indicó, la planificación financiera y el presupuesto deben tenerse en cuenta al solicitar un crédito.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) recomienda a las personas que deseen contratar un producto o servicio financiero, tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. Antes de contratar un producto o servicio bancario cotice y compare.

Es recomendable comparar los costos y beneficios que otorga el producto o servicio. También se deben evaluar las necesidades reales respecto de los beneficios del producto o servicio y descartar los que son innecesarios o que no serán utilizados.

2. Asegúrese de que cuenta con la información necesaria para decidir sobre la contratación de un producto o servicio bancario.

Infórmese en los propios bancos sobre las características del producto o servicio que desea contratar.

Aclare sus dudas antes de contratar y lea detenidamente los documentos que se le entregan, antes de firmar cualquier contratación de un producto o servicio bancario.

3. Cuando solicite un crédito, preste especial atención a las tasas de interés informadas diariamente en las distintas sucursales bancarias.

Cotice las tasas de interés de los bancos, ya que éstas varían diariamente.

Consulte además acerca de otros gastos asociados al producto o servicio financiero, en particular gastos notariales, de escrituras, impuesto de timbres y estampillas, etc. Tenga en cuenta que muchas veces se ofrecen seguros junto a la contratación de un crédito, pregunte sobre las condiciones del crédito y cotice en los distintos bancos.

En el sitio web del Sernac se ofrece un Comparador de Productos Financieros que permite mirar las características de los créditos de consumo para determinar cuál es la mejor oferta.

Además, considere que si bien al pactar un crédito se puede acordar periodos de gracia que retrasan el inicio del pago de las cuotas del crédito, durante esos períodos el crédito devenga intereses y por consiguiente las cuotas al pagar su obligación le resultarán más altas.

4. Pregunte y aclare todas sus dudas.

En el caso de dudas acerca de características o condiciones del producto o servicio que desea contratar, solicite al banco una explicación detallada, incluyendo los efectos que tendrán para usted los documentos que deberá firmar, especialmente respecto de los compromisos que asumirá.

5. No asuma compromisos sin antes leer y entender lo que firma.

La firma de un contrato referido a un producto o servicio bancario conlleva la aceptación de las obligaciones y los derechos que ahí se especifican. Por ello, antes de firmar, es conveniente que siempre lea y comprenda el contenido de todos los documentos que el banco le solicita.

Asegúrese de preguntar sobre las obligaciones que tendrá que cumplir y verifique que sean adecuadas a su presupuesto y que podrá cumplirlas sin dificultad.

6. Los anexos que se mencionan en un contrato son parte de este último.

Si en el contrato que va a ser firmado, se menciona algún anexo como parte del mismo, asegúrese de leerlo antes y de que éste se integre al contrato.

7. Mantenga sus datos confidenciales.

Nunca entregue los datos o claves personales de acceso a sus cuentas, a terceras personas. Utilice claves y códigos secretos, difíciles de adivinar.

8.- Pague las cuotas del crédito antes de su vencimiento, ya que cualquier atraso o podrá suponer costos adicionales de intereses y gastos de cobranza

Cuando el cliente ha contratado un seguro asociado al pago del crédito de consumo debe considerar lo siguiente:

  • Presentar los detalles del caso directamente en la entidad financiera.
  • Los seguros que contrate junto a un crédito están para usarlos si la situación lo requiere.
  • Debe acudir a la institución financiera para denunciar el siniestro, acompañando los requisitos establecidos en la póliza, lo que le permitirá hacer efectiva la cobertura del seguro.
  • El Banco extenderá constancia escrita de su petición entregándole una copia, debiendo además proveerle de información y asesoría que necesite usted o los beneficiarios que corresponda, una vez realizada la denuncia.

Costos asociados

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos.

¿Cuánto cuesta un crédito de consumo?

Diversos conceptos forman el costo total de un crédito de consumo.

El elemento que siempre está presente es la tasa de interés. Por esta razón, debe ser la primera variable a considerar al momento de comparar entre diferentes alternativas.

En segundo lugar, debe considerar el costo total que terminará pagando por el crédito, ya que adicionalmente, existen otros gastos que por lo general son de cargo del cliente y cuyo valor se suma al monto total adeudado.

Por ejemplo:

  • Gastos notariales.
  • Impuesto de timbres y estampillas (de recaudación fiscal).
  • Seguros: los más comunes en estos casos son el de desgravamen, cesantía, incapacidad laboral, entre otros, que sean solicitados por el cliente.

Puede encontrar más información en el Capítulo 7-1 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF.

¿Qué pasa si me atraso en el pago de una cuota de mi crédito?

Si el cliente presenta un atraso en el pago de la cuota

Cuando existe retardo en el pago de la deuda, el Banco puede comenzar a cobrar intereses penales según las condiciones pactadas en el pagaré, los que normalmente se fijan considerando la tasa máxima convencional.

Adicionalmente, si la mora supera los quince días pueden exigir el pago de los gastos de cobranza. Estos gastos están estipulados por tramos en el artículo 37 de la Ley del Consumidor conforme la siguiente tabla y en las condiciones indicadas en dicha ley:

Monto de Deuda (en UF)

% sobre lo adeudado

0-10

9%

10-50

6%

50 o más

3%

Si el cobro se realiza por intermedio de los Tribunales de Justicia, deben considerarse además las costas del proceso.

Por último, en lo referido a cobranza extrajudicial, existen una serie de requisitos que debe cumplir la empresa que la realiza, los que están señalados en el mismo artículo de la referida ley.

Cobranza externa ¿Puede realizar la cobranza una empresa externa a la institución en la que contraté el crédito?

Las instituciones pueden entregar la cobranza de créditos morosos a empresas externas.

El banco no es el único que puede realizar procedimientos de cobro de créditos atrasados.

Las instituciones pueden entregar la cobranza de créditos morosos a empresas externas. Sin embargo, la institución tiene la obligación de informar esto en forma previa, es decir, antes de contratar el crédito la institución deberá informar al cliente las condiciones de dicha acción.

Todo lo anterior está estipulado en el artículo 37 de la Ley del Consumidor.

Al hacer un prepago de un crédito existen ciertos costos que se deben asumir ¿Qué se paga al hacer un prepago de créditos?

Además del capital adeudado y los intereses, también debe cancelar una "comisión de prepago".

El capital adeudado y sus intereses no son lo único que usted cancela al prepagar un crédito.

Por ejemplo, si se han pagado 6 cuotas de un crédito y se desea anticipar el pago, se debe pedir la tabla de desarrollo del crédito y la liquidación de prepago.

La tabla de desarrollo es un documento que le permite saber cuánto dinero de la cuota que se cancela mensualmente va destinado al pago del capital y cuánto a los intereses. Usualmente tiene un comportamiento cruzado que forma una "X". Al principio del crédito la mayor parte de la cuota va destinada al pago de intereses. En sentido inverso, al ir finalizando el pago del crédito, prácticamente todo el valor de la cuota va a pagar el monto de capital que debe.

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