¿Qué son meses de gracia y de no pago en un crédito de consumo?

Son modalidades especiales que le permiten diferir el pago de las cuotas de un crédito.

Foto ¿Qué son meses de gracia y de no pago en un crédito de consumo?

Postergar el pago de las cuotas de un crédito es una decisión con efectos palpables.

Las instituciones ofrecen básicamente dos modalidades que permiten diferir el pago de las cuotas y que incluso pueden coexistir en un mismo crédito si así lo acuerdan las partes al momento de contratar.

Estas son:

  • Meses de gracia: en este caso el cliente puede comenzar a pagar la primera cuota en una fecha posterior al primer vencimiento, plazo que normalmente oscila entre una y seis cuotas a contar de la fecha de otorgamiento del crédito. Ahora bien, esto tiene un costo para el cliente ya que durante los meses en que no se paga la cuota, se acumulan los intereses sobre el capital, haciendo que la deuda inicial aumente y por ende el valor de la cuota a pagar.
  • Meses de no pago: el cliente puede optar por no pagar una o más cuotas del crédito a su vencimiento, siempre que se cumplan las condiciones acordadas con quien le otorga el crédito, sin embargo, como contrapartida debe tenerse presente que esto provoca la acumulación de los intereses de la cuota no pagada, que se suma al capital adeudado.

Cabe recordar que al solicitar este tipo de modalidades el número de cuotas a pagar no variará, ya que se estimará el valor de la cuota considerando el plazo solicitado por el cliente.

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Los créditos de consumo pueden pagarse parcial o totalmente de manera anticipada.

Las entidades financieras, además de ajustarse a las leyes correspondientes, poseen autonomía para establecer condiciones de otorgamiento de créditos.

Una vez firmados los documentos estableciendo la relación entre cliente y banco, la operación no puede deshacerse.

Depende de cada banco, por lo que las exigencias pueden variar entre ellos.

La persona que pide el crédito debe pagar varios gastos entre los que se cuentan impuestos y otros pagos asociados.

El deudor puede tomar los seguros que desee.

La entidad financiera debe entregar un desglose de la operación y cualquier seguro asociado a la misma.

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Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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