Los créditos tienen diferentes componentes que determinan su costo.
El deudor de un crédito de consumo debe hacerse cargo de los gastos considerados como necesarios para su otorgamiento, los cuales corresponden a los siguientes conceptos:
- Impuesto de timbres y estampillas, que alcanza a un porcentaje de la operación que se esté realizando;
- Gastos notariales necesarios para el perfeccionamiento del contrato del préstamo;
- Gastos relacionados con los bienes recibidos en garantía, como tasaciones, escrituras de constitución de garantías, inscripciones o registros y pago de primas de seguro;
- Primas de seguros tales como desgravamen, cesantía, incapacidad, etc., en caso que el deudor decida contratarlos.
La regulación acerca de los créditos de consumo se encuentra en la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de dinero y en el Capítulo 7-1 Sobre "Intereses y reajustes" (documento PDF) de la Recopilación Actualizada de Normas de Comisión para el Mercado Financiero (CMF).