Los bancos pueden pagar intereses sobre los saldos disponibles que se mantengan en cuentas corrientes.
De acuerdo a lo que ha dispuesto el Banco Central, los bancos pueden pagar intereses sobre los saldos disponibles que se mantengan en las cuentas corrientes.
Para hacerlo, los bancos pueden exigir como único requisito la mantención de un determinado saldo promedio mínimo disponible para cada mes de operación de la cuenta.
Sin embargo, dentro de esa limitación pueden ofrecer distintas tasas, de acuerdo a los niveles de los saldos mínimos que se establezcan para el efecto.
Sin embargo, para que se realice el pago de intereses debe existir un contrato especial en el que se indique este tipo de pago, entre el banco y el titular de la cuenta corriente.
Más información sobre este tema se puede revisar en el Punto 6 del Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF, sobre "Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques".