Rol en el mercado de intermediación financiera
- Son bancos autorizados para prestar servicios financieros administración de mandatos en relación con la ley de probidad de altos funcionarios públicos.
- Las administradoras generales de fondos, sujetas a la fiscalización de la CMF y las entidades autorizadas para administrar activos de terceros, constituidas en el extranjero; se encuentran autorizados por la Ley N°20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses ("la Ley"), para administrar ciertos bienes que forman parte del patrimonio de las autoridades obligadas a constituir un mandato, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 28 y 29 de la Ley. Las autoridades obligadas se encuentran individualizadas en el Artículo 26 de la Ley.
Características
Los bancos pueden inscribirse como administradores de mandato del patrimonio de empleados públicos que cumplan las características establecidas en la Ley N° 20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés.
Para administrar los activos que las autoridades entreguen en mandato, las administradoras generales de fondos y las entidades autorizadas para administrar activos de terceros, constituidas en el extranjero; deberán inscribirse previamente en el Registro Especial de Administradores de Mandato. La forma de efectuar la solicitud y los antecedentes que se deben presentar junto a la solicitud, se encuentra regulada en la Norma de Carácter General N°409 de 2016.
Relación con la CMF
Estos bancos deben estar inscritas en un registro que lleva la CMF.
Las administradoras generales de fondos, se rigen por las disposiciones de la Ley N° 20.712 y se encuentran sujetas a la fiscalización de la CMF.
Las administradoras generales de fondos y las entidades autorizadas para administrar activos de terceros, constituidas en el extranjero, deben estar inscritas en el Registro Especial de Administradores de Mandato. Se regirán por las disposiciones del Título III de la Ley N° 20.880 de 2016, el Decreto N°2 de 2016 y la Norma de Carácter General N°409 de 2016.