- Características
- ¿A quién está dirigido?
- ¿Cómo funciona?
- Montos involucrados
- ¿Con quién se contrata?
- Precauciones y advertencias
- Costos asociados
Características
Conocidos como pagarés de empresas, son documentos emitidos por entidades inscritas en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero, con el propósito de captar dinero directamente del público, que permita financiar la operación de corto plazo del emisor (capital de trabajo) pagando un interés.
Son títulos de deuda de corto plazo que se colocan y se transan en el mercado de valores. El plazo máximo es de 36 meses.
Los emisores de efectos de comercio se pueden agrupar en tres clases:
- Emisores corporativos
- Entidades financieras
- Empresas factoring
Los emisores corporativos utilizan básicamente las emisiones de efectos de comercio para financiar las operaciones a corto plazo de la compañía.
Las empresas de factoring, en tanto, utilizan las emisiones para diversificar sus pasivos (deudas) e incrementar las operaciones de su negocio, a través de un mayor volumen de colocaciones.
Los tenedores de efectos de comercio están compuestos principalmente por inversionistas institucionales (bancos, AFP, Compañías de seguros, intermediarios de valores y fondos mutuos).
¿A quién está dirigido?
A inversionistas institucionales, intermediarios de valores, inversionistas privados e inversionistas extranjeros.
¿Cómo funciona?
Se emiten a plazos inferiores a 36 meses.
Los efectos de comercio se inscriben en el registro que lleva esta Comisión son transables en las bolsas de valores, y también fuera de bolsa.
Al igual que en las acciones y los bonos, existe un prospecto informativo, el cual contiene información relevante para el inversionista y el mercado, acerca de la respectiva emisión.
Los emisores e intermediarios en su caso, que participen en la colocación de una emisión de efectos de comercio deberán tener a disposición del público información respecto de los emisores, de los valores ofrecidos y de la oferta. Cualquier inversionista tendrá derecho a consultar dicha información.
Montos involucrados
El monto de la emisión lo determina libremente cada emisor.
La emisión de efectos de comercio puede efectuarse por montos fijos o supeditada a una línea de efectos de comercio. En este último caso, se entenderá como tal cuando las colocaciones individuales que estén vigentes, no superen el monto total y el plazo de la línea inscrita en esta Comisión.
¿Con quién se contrata?
El emisor puede colocar sus efectos de comercio directamente o a través de los intermediarios de valores como corredores de bolsa o agentes de valores.
Precauciones y advertencias
- La oferta pública de este título de deuda exige la previa inscripción, tanto del emisor como de la misma emisión o línea de efectos de comercio, en el Registro de Valores que lleva esta Comisión.
- En conjunto con la inscripción, el emisor debe presentar una clasificación de riesgo de los títulos a inscribir, en conformidad con las normas sobre clasificación de riesgo de la Ley del Mercado de Valores.
- Los efectos de comercio son un sustituto muy cercano a los depósitos a plazo bancarios, en términos de rendimiento, riesgo y plazo.
Costos asociados
La emisión de efectos de comercio está afecta al impuesto de timbres y estampillas de acuerdo con el monto inscrito y colocado, el cual es pagado por el emisor, a menos que se trate de efectos de comercio que vayan a ser colocados en el exterior.