Preguntas frecuentes

¿Se debe firmar algún contrato de prestación de servicios con el asesor previsional?

Sí, para prestar una asesoría previsional debe celebrarse un contrato de prestación de servicios entre el asesor previsional o entidad de asesoría y el afiliado o sus beneficiarios.
Las cláusulas mínimas de estos contratos están establecidas en norma conjunta de la Superintendencia de Pensiones y de la Comisión para el Mercado Financiero (Norma de Carácter General N°221).

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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