Rol en el mercado de seguros
- Entregar información completa y comparable respecto de las ofertas de renta vitalicia y los montos de pensión en retiro programado.
Características
Las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) y las Compañías de Seguros de Vida son responsables de la operación del SCOMP.
- Autorización: Para operar, el SCOMP debe estar autorizado por la CMF y la Superintendencia de Pensiones (SP), mediante resolución conjunta.
- Capital mínimo: El SCOMP no requiere contar con un capital mínimo para operar.
- Algunas obligaciones del SCOMP:
- Contar con adecuados mecanismos de seguridad que resguarden el contenido de la información procesada.
- Recibir y transmitir las solicitudes de montos de pensión requeridas por los consultantes.
- Recibir y transmitir las ofertas de rentas vitalicias de las Compañías y los montos de retiro programado calculados por las AFPs.
- Informar al consultante los montos mensuales de pensión ofrecidos.
- Efectuar los remates que soliciten los consultantes una vez recibidas las ofertas entregadas por el Sistema.
Para conocer los pasos para pensionarse, revise el artículo Operación del Scomp.
Relación con la CMF
- Autorización: Para operar, el SCOMP debe estar autorizado por la CMF y la Superintendencia de Pensiones (SP), mediante resolución conjunta. La solicitud de inicio de operaciones deberá estar suscrita por los representantes legales de todas las AFP y aseguradoras de vida patrocinantes.
- Supervisión e Inspección: El SCOMP es supervisado en forma conjunta entre la CMF y la SP. La CMF puede, entre otras cosas, requerir a las compañías que participan en el sistema, informes, inspeccionar sus oficinas, examinar documentación, libros, impartir normas relativas a su operación.
- Reportes: Las compañías partícipes del SCOMP, deben presentar anualmente un informe de auditoría externa que evalúe, al menos, la capacidad de operación del sistema y sus condiciones de seguridad. Además, deben informar cualquier problema en su operación.
- Sanciones: Si una compañía partícipe de SCOMP contraviene la ley o las normas reglamentarias, la CMF puede aplicar sanciones de censura, multa, suspensión de la administración hasta por seis meses, suspensión de todas o algunas de las operaciones hasta por seis meses y revocación de la autorización de existencia. La Superintendencia de Pensiones puede aplicar sanciones a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) que participan del sistema.
Consejos o datos
- Recuerde que la realización de consultas en el SCOMP es obligatoria, tanto para los afiliados como para los beneficiarios de pensión de sobrevivencia, al momento de optar por una modalidad de pensión.
- Las consultas que se realizan en el SCOMP son gratuitas.