El remate es adjudicado a la Compañía de Seguros de Vida que al cierre del mismo haya efectuado la mayor postura de monto de pensión, siempre que al menos dos de las Compañías participantes en el remate realicen ofertas.
En caso que sólo una Compañía presente oferta de monto de pensión, el afiliado o beneficiario podrá optar por aceptarla, solicitar un nuevo remate, solicitar una oferta externa, volver a realizar una consulta en el Sistema o desistirse de pensionarse.