Empresas de Depósito de Valores

Sociedades anónimas especiales, que tienen como objeto exclusivo recibir en depósito valores de oferta pública y facilitar las operaciones de transferencia de dichos valores.

foto Empresas de Depósito de Valores

Rol en el mercado de valores

  • Sociedades de apoyo a la intermediación.

Características

Son sociedades anónimas especiales, que tienen como objeto exclusivo recibir en depósito, los valores de oferta pública de los depositantes señalados en el art. 2 de la Ley N° 18.876, denominadas depositantes, tales como, entre otras, el Fisco (Tesorería y Banco Central), Corfo, agentes de valores, corredores de bolsa, bolsas de valores y los bancos, sociedades financieras, y demás instituciones autorizadas para operar en Chile, de acuerdo a la Ley General de Bancos, administradoras de fondos de terceros, compañías de seguros y las demás que autorice la propia empresa de depósito y custodia.

Las empresas de depósito y custodia facilitan las operaciones de transferencia de valores, de acuerdo a los procedimientos contemplados en la Ley N° 18.876, disminuyendo los costos de custodia y transporte de valores.

Pueden ser objeto de depósito:

  • los valores de oferta pública inscritos en los registros de la Comisión para el Mercado Financiero;
  • los emitidos por los bancos o por el Banco Central;
  • los emitidos o garantizados por el Estado y, en general, cualquier otro valor que autorice la Comisión.

Las empresas de depósito y custodia de valores deben constituirse con un capital mínimo equivalente a 30.000 Unidades de Fomento y mantener permanentemente un patrimonio no inferior a este monto, rigiéndoles las normas aplicables a las sociedades anónimas abiertas.

Cada depositante tiene una cuenta individual, en la cual se registra cada clase de valores homogéneos que mantenga en el depósito.

Actualmente existe sólo una empresa de Depósito de Valores registrada en la CMF: Depósito Central de Valores S.A.

Relación con la CMF

La CMF debe autorizar la existencia de las Empresas de Depósito y Custodia de Valores y aprobar su reglamentación, correspondiéndole además velar por el cumplimiento de la Ley N° 18.876 y supervigilar el funcionamiento de estas empresas.

¿Cómo opera la custodia de valores en los intermediarios de valores?

La custodia de valores es una actividad inherente a la del intermediario y corresponde a aquella en que el intermediario de valores recibe en depósito, títulos representativos de valores de oferta pública, para su resguardo, cuidado y mantención.

Para estos efectos el intermediario deberá mantener un Registro de activos de Terceros mantenidos en depósito o custodia por cada cliente, donde se registrará en forma cronológica la información mínima a que se refiere la Norma de Carácter General N° 380.

El intermediario deberá proporcionar al cliente, cada vez que éste lo solicite, una nómina de los títulos que mantiene a nombre propio, indicando el saldo de éstos a la fecha de la solicitud; y entregar un comprobante que acredite la recepción o entrega de valores.

Se deberá tener presente que los títulos entregados en custodia quedan a nombre del custodio y no del cliente, en el registro que lleva el emisor.

¿Qué es el Depósito de Valores?

El Depósito de Valores es una entidad donde permanecen guardados instrumentos financieros señalados en el artículo 1º de la Ley Nº 18.846.

A modo de ejemplo, los instrumentos custodiados son depósitos a plazo, letras de crédito, acciones, efectos de comercio y pagarés, entre otros que pertenecen a todos los Fondos de Pensiones, Compañías de Seguros, Corredores de Bolsa, Fondos Mutuos, Bancos y sus respectivos clientes.

Consejos o datos

Tip 1 general para los temas

Términos relacionados

Cobros que efectúan tanto las Bolsas de Valores como los Intermediarios de Valores, por las negociaciones que realizan, las que pueden ser operaciones en Bolsa y fuera de Bolsa. Existen cuatro grandes tipos de cobros: 1- Comisión del corredor: cada corredor establece su propia política de cobro de comisión, la que generalmente se basa en un porcentaje del monto transado. Puede incluir además, los derechos de bolsa que son los derechos que cobran las bolsas de valores por transar en ellas. 2- Impuesto al Valor Agregado (IVA): la comisión del corredor está sujeta al 19% de dicho impuesto. 3- Costo de Custodia: el cliente puede optar por mantener el mismo las acciones o dejarlas en custodia con su corredora, la que a su vez las puede depositar en la empresa de depósito y custodia de valores. Este costo es variable. 4- Otros: Algunos intermediarios de valores cargan costos fijos por concepto de facturación a los clientes.

Servicio que consiste en el resguardo de los títulos físicos de activos financieros.

Entidad que puede ser designada por un depositario, para la custodia de los valores extranjeros que originan los CDV's.

Persona jurídica con fines lucrativos, formada por la reunión de un fondo común suministrado por sus accionistas y administrada por un directorio.

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