El titular de una cuenta vista puede cerrarla cuando lo desee.
Las cuentas vista pueden cerrarse por decisión unilateral del titular en cualquier momento.
Si el cliente decide hacerlo, debe acercarse preferentemente a la sucursal donde abrió su cuenta, y comunicar en forma escrita su intención de cerrarla. El banco, por su parte, le hará entrega de una copia timbrada de dicho documento, la cual debe conservar hasta que termine el proceso de cierre.
En caso que el cliente hubiese contratado pagos automáticos con cargo a la cuenta que pretende cerrar, es recomendable ponerles término en forma previa, para evitar que alguna cuenta quede sin pagarse.
Si es el Banco quien desea proceder al cierre, deberá enviar un aviso al titular indicando tal circunstancia, señalando además si tiene saldos a favor que deba pasar a retirar.
Más información en el Título II del Capítulo 2-6 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF y en las normas del Capítulo III.B.1.1 "Cuentas a la vista" del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile.