Funciones División de Supervisión de Información de Clientes Financiero

a. Planificar, dirigir y ejecutar el desarrollo de las siguientes actividades relacionadas con el Sistema de Finanzas Abiertas, cuando éste entre en vigencia:

  1. Verificación del cumplimiento por los participantes de los estándares asociados al consentimiento de los clientes y su gestión;
  2. Seguimiento del cumplimiento de los parámetros de disponibilidad del sistema (Uptime);
  3. Seguimiento de los incidentes operativos y de ciberseguridad; con exclusión de las siguientes actividades: w) cualquier función en relación a iniciadores de pago; x) mantención de los registros y nóminas de las entidades que participan en el Sistema de Finanzas Abiertas; y) evaluación y ejecución de la suspensión de entidades del directorio del Sistema de Finanzas Abiertas, así como la elaboración y mantención del mismo; y z) supervisión de las exigencias aplicables a cada entidad que participe del Sistema de Finanzas Abiertas;

b. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar los procesos de supervisión que correspondan a las entidades reportantes del Registro de Deuda Consolidada, cuando éste entre en vigencia, en relación a las materias asociadas a dicho registro y en particular a aquellas referidas al consentimiento de los clientes, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión. Lo anterior, con exclusión del conocimiento y tramitación de las reclamaciones de los clientes, así como a las tareas asociadas a la calidad de los archivos normativos recibidos.

c. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de la Unidad de Análisis de Riesgo de Conducta de Mercado, de acuerdo a la normativa legal vigente y los lineamientos definidos para la División, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión.

d. Monitorear el funcionamiento del repositorio de sentencias dispuesto en el artículo 5 quater de la Ley N°20.009, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión.

e. Colaborar y participar, cuando sea requerida, en requerimientos relativos a elaboración de estudios o análisis relativas a materias de su ámbito de competencia;

f. Desarrollar las demás actividades institucionales que le encomiende su jefatura directa.

Jefe División: Paulo Repetto Vergara

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