El deudor al momento de solicitar un mutuo hipotecario, debe hacerse cargo de ciertos gastos que comúnmente se denominan "Gastos Operacionales" y que consisten en los siguientes conceptos:
- Impuestos de timbres y estampillas
- Gastos notariales necesarios para el perfeccionamiento del mutuo
- Derechos de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
- Primas de seguro de incendio y seguro de desgravamen
- Otros seguros y cláusulas adicionales que convengan las partes
- Gastos de primera tasación del inmueble hipotecado
- Estudio de títulos y redacción texto de escritura
- Gastos de cancelación y alzamiento de hipoteca
Los gastos señalados anteriormente, a excepción de los seguros, se pueden incluir en el monto solicitado en el mutuo hipotecario, siempre y cuando el monto total, incluido el préstamo, no exceda el 80% del valor de tasación de la propiedad. Es importante señalar que todos los documentos originales y antecedentes que justifiquen los gastos indicados anteriormente, deberán estar a disposición del deudor en la oficina del agente administrador para que puedan ser revisados por el deudor.