Preguntas frecuentes

¿Cuál es el contenido y las condiciones mínimos del mandato de postergación?

El mandato deberá señalar explícitamente que se otorga para celebrar un contrato de crédito de postergación y deberá especificar a lo menos:

  1. Las partes del crédito de postergación.
  2. La tasa de interés del crédito de postergación.
  3. El monto del crédito de postergación, sin perjuicio de posibles variaciones del monto en virtud de reajuste, tasas de interés, comisiones previamente acordadas u otros de similar naturaleza.
  4. El plazo del crédito de postergación.
  5. Las cuotas que se pagarán con los fondos del crédito de postergación.
  6. Los datos de la escritura pública del contrato de crédito hipotecario.
  7. Los datos de la inscripción de hipoteca.
  8. Forma y fechas de pago del crédito de postergación, de conformidad con las únicas dos formas posibles.
  9. La facultad y obligación del acreedor de celebrar, en representación del deudor, el crédito de postergación, pagar las cuotas correspondientes, solicitar la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y practicar cualquier diligencia adicional que se requiera.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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