Preguntas frecuentes

¿Qué debe ir especificado en los contratos de crédito de postergación?

  1. El monto del crédito de postergación;
  2. El plazo del crédito de postergación;
  3. La tasa de interés del crédito de postergación;
  4. La forma en que se deberá proceder al pago, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, y sus respectivas fechas de pago;
  5. Las cuotas del crédito hipotecario a ser pagadas con los fondos del crédito de postergación;
  6. Los datos del mandato de postergación que se hubiere otorgado, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley, de corresponder;
  7. Los datos de la escritura pública del respectivo contrato de crédito hipotecario;
  8. Los datos de la correspondiente inscripción de la hipoteca en el Conservador de Bienes Raíces competente;
  9. La singularización de los créditos adicionales de conformidad al inciso 3 del artículo 4 de la Ley, si los hubiere; y
  10. Que el crédito de postergación es otorgado en virtud de la Ley.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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