Personas y empresas que cumplan con los requisitos establecidos en la reglamentación:
- Ventas anuales netas de IVA de hasta UF 1 Millón.
- No encontrarse en situación de mora en el sistema bancario. Durante los siguientes
- periodos:
- Micro y pequeñas empresas que no tuviesen una mora superior a 30 días al 31 de
- octubre de 2019.
- Empresas medianas o grandes que no tuviesen una mora superior a 30 días al 31 de
- marzo de 2020.
- Empresas que no estén sujetas a un procedimiento concursal destinado a reorganizar y/o
- liquidar pasivos.
- Empresas que no estén en cartera deteriorada en su clasificación individual de riesgo por
- parte de sus acreedores.