Todos los cheques son pagaderos al día de su presentación.
No existe el Cheque a Fecha.
La Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques dispone que el cheque es siempre pagadero a la vista y que cualquier mención en contrario se entenderá por no escrita.
Asimismo, señala que el cheque presentado a cobro antes del día indicado como fecha de emisión, es pagadero el día de su presentación.
En consecuencia, los bancos deben proceder a pagar o protestar por falta de fondos, cuenta cerrada, orden de no pago u otras causas, según proceda, los cheques que se les presenten a cobro, aunque lleven una fecha de emisión posterior al día de su presentación.
Más información sobre cuentas corrientes y cheques se puede encontrar el Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF y en el artículo 31 de la Ley de cuentas corrientes bancarias y cheques (DFL 707).