De acuerdo a la Ley de cuentas corrientes bancarias y cheques, si tiene una emergencia bancaria relacionada con un cheque, debe realizar las siguientes acciones, tendientes a dar una Orden de No Pago:
- Si es el titular de la cuenta corriente, debe dar aviso de inmediato al banco al que pertenece la cuenta corriente o tarjeta, solicitando el bloqueo de dichos productos. Para ello se debe llamar al teléfono que cada banco ha informado a sus clientes, lo cual tendrá el efecto de suspender el pago durante 10 días.
- Publicar un aviso del hecho en un diario de la localidad, durante tres días.
Si es quien ha recibido un cheque y lo extravía o es hurtado o robado, debe comunicar el hecho a quien le entregó el documento, para que lo anule y dé la Orden de No Pago y se efectúen las publicaciones; luego deberá solicitar un nuevo cheque en su favor.