La información incluida en el informe, se refiere a los siguientes tipos de deudas, cuyas definiciones se entregan en cada caso:
- Deuda Directa: Por deuda directa debe entenderse el conjunto de obligaciones que el deudor principal reconoce a favor de la institución financiera, como beneficiario del crédito, en el carácter, según corresponda, de deudor en cuenta corriente; aceptante de una letra de cambio o suscriptor de un pagaré con que se documente un préstamo otorgado por la institución o adquirido sin responsabilidad del cedente; endosante con responsabilidad de una letra de cambio o pagaré; vendedor con pacto de retrocompra de un instrumento financiero; deudor por cartas de crédito para importación; deudor de créditos avalados o afianzados por el banco; etc.
- Deuda indirecta: Por deuda indirecta debe entenderse el conjunto de obligaciones que afectan a las personas que sin ser los beneficiarios del crédito, responden con su patrimonio del cumplimiento de la obligación, como lo son entre otros, los fiadores, codeudores solidarios, aceptantes, giradores y avalistas de letras de cambio o suscriptores de pagarés endosados con responsabilidad.
- Deuda con Mora: Se refiere a créditos que no hayan sido pagados en la fecha convenida, los que se muestran separados dependiendo del tiempo transcurrido desde la fecha en que no haya sido realizado el pago.
- Monto Disponible: Se refiere a líneas de créditos que no hayan sido utilizadas, pero que estén a disposición del deudor para su uso en cualquier momento.
Más información de este tema puede encontrar en el Capítulo 18-5 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF, sobre "Información sobre deudores de las instituciones financieras". También en el Capítulo B-2 del Compendio de Normas Contables de la CMF, sobre "Créditos deteriorados y castigos".