Un cheque protestado puede acarrear muchos problemas.
Si al cobrarse un cheque no existen fondos para pagarlo, debe ser protestado.
Cuando un cheque es presentado a cobro en el banco y no existen fondos para pagar íntegramente el monto que indica o la cuenta está cerrada, éste debe ser protestado y el banco debe informar de este hecho al Boletín de Informaciones Comerciales, de acuerdo a lo que se plantea en el Capítulo 20-6 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Luego de que el banco levante un Acta de Protesto, se entrega el documento protestado al cliente que lo presentó para que éste intente conseguir el pago con quien se lo entregó. Una vez que se cumpla el trámite y el cheque protestado es devuelto a la persona que giró el cheque que no fue pagado y se resuelva la situación de falta de pago, ésta debe concurrir al Boletín para aclarar la situación.
Allí debe presentar el documento original con la respectiva acta de protesto adjunta con el fin de que sea eliminado del registro, previo pago de la tarifa correspondiente.
Más información acerca de este procedimiento se puede encontrar en el Boletín de Informaciones Comerciales de la Cámara de Comercio de Santiago y en el Capítulo 2-2 sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques de la RAN CMF.
Más información
Más información acerca de los cheques se pueden ver en en el Título III del Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas de SBIF y en el DFL N° 707 sobre "Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques".