Descripción
La Ley N°20.179 establece el marco legal para constitución y operación de las sociedades de garantía recíproca y dispone que la CMF llevará un Registro de inscripción de estas sociedades y clasificará a las mismas en categoría "A" o "B" según sea que cumpla o no las condiciones a que se refiere el artículo 18 de ese cuerpo legal.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Beneficiarios
Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas .
Marco Legal
- Ley 20.179 de Sociedades de Garantía Recíproca
- Circular N°1 de 16 de octubre de 2007 sobre Sociedades de Garantía Recíproca.
Documentos requeridos
La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando su incorporación al Registro de Sociedades de Garantía Recíproca acompañando los antecedentes solicitados en la normativa.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
En Línea
- En Internet, vaya al portal "CMF sin papel".
- Ingrese al portal con su Clave Única.
- Complete los campos solicitados y en la opción "Tipo de documento", seleccione "Solicitud de Registro Instituciones de Garantía Recíproca y Fogape".
En Oficina
- Diríjase a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre I, piso 1, Santiago. Horario de atención: de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas.
Por Correo
- La solicitud deberá enviarse por carta a la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre I, piso 1, Santiago.
Costo de trámite
No tiene costo.
Plazo de respuesta
No estipulado
Medio en que se informa la respuesta
Resolución.
Resultado del trámite
El resultado del trámite es la inscripción en el Registro de Sociedades de Garantía Recíproca de la CMF.