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31 de enero de 2025.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo aplicó sanciones por infracción a la obligación de informar las transacciones de acciones de un emisor, que recae, entre otros, sobre sus directores, gerentes y ejecutivos principales, así como también por efectuar transacciones en el periodo de bloqueo establecido en la Ley de Mercado de Valores.
El artículo 12 de la Ley de Mercado de Valores establece que determinadas personas relacionadas con una sociedad, como directores, liquidadores, ejecutivos principales, administradores y gerentes, deberán informar a la Comisión, y a cada una de las bolsas de valores del país en que la sociedad tenga títulos registrados para su cotización, de toda adquisición o enajenación que efectúen de acciones de esa sociedad. La NCG 269 regula el procedimiento para cumplir esta obligación.
Por su parte, el artículo 16 de la Ley de Mercado de Valores prohíbe a los directores, gerentes, administradores y ejecutivos principales de un emisor de valores, entre otros, realizar transacciones sobre los valores emitidos por el respectivo emisor, dentro de los treinta días previos a la divulgación de sus estados financieros.
Las sanciones aplicadas son las siguientes:
- Multa de UF 150 a Eugenio Tagle Rojas por no informar 35 operaciones con acciones de SMU realizadas entre el 18 de noviembre de 2020 y el 31 de agosto de 2023, las que debía informar en su calidad de ejecutivo principal de SMU S.A. Esta persona se acogió a los beneficios del Sistema de Colaboración Compensada del artículo 58 del DL N° 3538. (Resolución N°1.029).
- Sanción de Censura a Matías Chadwick Lira por transar acciones del Banco de Chile, vulnerando el período de bloqueo, dada su calidad de Gerente del Área Internacional del Banco y no informar esas transacciones. Esta persona se acogió a los beneficios del Sistema de Colaboración Compensada del artículo 58 del DL N° 3538. (Resolución N°1.030).
- Multa de UF 300 a Carlos Rabat Vilaplana por transar indirectamente acciones de MANQUEHUE emitidas por Inmobiliaria Manquehue S.A., en el período de bloqueo y no informar esas transacciones, siendo director de ese emisor. (Resolución N°1.032).
Estas regulaciones permiten velar por la transparencia del mercado, propendiendo a una mejor información de las transacciones que efectúan personas que la Ley estima relevantes para estos efectos. Además, reduce el riesgo de que ciertos agentes, debido a su posición dentro de las empresas emisoras de valores, operen con ventaja de información.
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