25 de octubre de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo sancionó a cuatro Organizaciones Deportivas Profesionales (ODP), por infringir sus deberes de información continua, al no remitir a la CMF información financiera trimestral dentro del plazo previsto en la normativa.
La Norma de Carácter General N° 201 dispone que las ODP deben enviar a la Comisión su información financiera anual dentro del cuatrimestre siguiente al cierre del ejercicio anual, en tanto, su información financiera trimestral debe presentarse dentro del plazo de 30 días desde el cierre del respectivo trimestre calendario.
De acuerdo con la Resolución Exenta N° 9746, las entidades sancionadas por no remitir oportunamente su información trimestral son las siguientes:
SOCIEDAD |
SANCIÓN |
|
---|---|---|
1 |
LAUTARO DE BUIN S.A.D.P. |
Multa UF 210 |
2 |
LOS CHICOS BUENOS S.A.D.P. |
Multa UF 60 |
3 |
DEPORTES PROVINCIAL OSORNO S.A.D.P. |
Censura |
4 |
FONDO DE DEPORTE PROFESIONAL - CLUB DE DEPORTES PUERTO MONTT |
Censura |
La Resolución subrayó la importancia del envío de la información continua a la que están sujetas estas entidades, que permite a la CMF y a los demás usuarios, contar con información actualizada sobre su situación financiera.