La Comisión para el Mercado Financiero pone en consulta pública hasta el 4 de agosto, la propuesta normativa que establece las menciones mínimas que deberán considerar las políticas de operaciones habituales y que regula la difusión pública de las operaciones con partes relacionadas que hubieren sido realizadas por las sociedades anónimas abiertas y especiales.
El origen de esta norma en consulta se encuentra en la "Ley de Agentes" (N°21.314), promulgada en abril del 2021, y que modificó diversos cuerpos legales con el objeto de fortalecer la confianza en los mercados financieros e introdujo modificaciones a la Ley N°18.046 de sociedades anónimas en materia de operaciones con partes relacionadas (OPR). La ley le otorgó a la CMF la atribución de fijar las menciones mínimas que deberá contener la política de operaciones habituales y de requerir que las sociedades anónimas abiertas difundan el detalle de las operaciones que hayan hecho con partes relacionadas.
Política de habitualidad y reporte de OPR
La propuesta establece que las políticas de operaciones habituales de las sociedades anónimas abiertas deberán incluir como mínimo las siguientes menciones:
- Fecha de aprobación de la política por parte del directorio y fecha de la última modificación a la misma.
- Justificación de la necesidad de contar con una política de habitualidad considerando el caso particular de la sociedad.
- Características y condiciones que deberán cumplir las operaciones para ser realizadas en virtud de la política de habitualidad.
- Mecanismos de control a los cuales se someterán las operaciones que se pretendan realizar o que se hayan realizado al amparo de la política.
- Responsable del cumplimiento de los mecanismos de control señalados por la política.
- Mecanismos de divulgación.
En cuanto a la difusión de información, la propuesta establece que las sociedades deberán elaborar un reporte trimestral de todas las operaciones hechas con partes relacionadas y difundirlo en su página web.
Vigencia
La propuesta normativa establece que las disposiciones comenzarán a regir el semestre siguiente al de su emisión. Esto a efectos que las sociedades dispongan de seis meses para ajustarse a la normativa.
A partir de esa fecha quedarán sin efecto las políticas de habitualidad que no se ajusten a las disposiciones de la normativa, razón por la cual para seguir vigentes deberán adecuarse a la normativa y ser aprobadas por el directorio.
El detalle de la propuesta se encuentra disponible en la sección Normativa en Consulta del sitio web institucional. Además, la CMF pone a disposición de los interesados una presentación, folleto informativo y documento de preguntas frecuentes que resumen los principales contenidos de la propuesta.