De acuerdo a los cambios introducidos por la Ley de Agentes de Mercado, se establecen las condiciones mínimas que deberán contemplar las bases de licitación y la información que se deberá entregar a los oferentes, deudores y asegurados.
La propuesta normativa, entre otras materias, elimina la exigencia de que las bases de licitación consideren la participación de un corredor de seguros o su reemplazo, prohíbe la participación de corredores que asesoren a la entidad crediticia en la licitación y establece la recaudación de la prima junto con el dividendo.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa la publicación en consulta de una propuesta de norma de carácter general que regula la contratación individual y colectiva de seguros asociados a créditos hipotecarios, del artículo 40 del D.F.L. N°251.
El objetivo de la propuesta es implementar los cambios legales introducidos por la Ley N° 21.314 de 13 de abril de 2021 (Ley de Agentes de Mercado). Estos cambios legales recogen las recomendaciones realizadas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
Específicamente, de los cambios que la Ley N° 21.314 introdujo al artículo 40 del D.F.L. N° 251 de 1931, se incorporan en la normativa los siguientes:
- Las bases de licitación no pueden exigir la participación de un corredor de seguros. En caso que la oferta contemple uno, la entidad crediticia no podrá reemplazarlo.
- Se prohíbe la participación en la oferta a los corredores que asesoren a la entidad crediticia en la licitación.
- Se extiende la prohibición de pagos de la compañía de seguros a favor de la entidad crediticia durante toda la vigencia del contrato, distintos de la indemnización correspondiente.
Además de los ya mencionados cambios legales, se incorporan mejoras que tienen su origen en la revisión y análisis de los procesos de licitación que esta Comisión ha realizado, tales como:
- Mejorar la cantidad y calidad de información para una mejor estimación de los riesgos y su tarificación.
- Reforzar el derecho de las compañías de seguros de suscribir los riesgos y a liquidar los siniestros.
- Establecer condiciones que faciliten la competencia en la contratación de los seguros.
- Eliminar costos en el proceso de licitación.
- Facilitar un proceso de supervisión más eficiente.
La normativa estará en consulta hasta el 4 de octubre de 2021. Para acceder al detalle de la propuesta normativa, puede ingresar en la sección Normativa en consulta del sitio web Institucional. Adicionalmente, la CMF pone a disposición de los interesados un Informe Normativo que evalúa el impacto de esta propuesta.