CMF pone en consulta cambios a obligaciones de información de corredores de seguros que operen como Asesor Previsional o Entidad de Asesoría Previsional

01/09/2021

Esto según lo establecido en la Ley 21.314, que señala que los Asesores Previsionales y Entidades de Asesoría Previsional dejaron de ser supervisados por la CMF y serán fiscalizados por la Superintendencia de Pensiones.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa la puesta en consulta de modificaciones a las Circulares N° 2137 y N° 1652.

Esto de acuerdo al cambio introducido por el artículo 4° de la Ley N° 21.314 al D.L. N° 3.500 de 1980, que establece que a contar del 1° de julio de 2021 los Asesores Previsionales y Entidades de Asesoría Previsional dejaron de ser supervisados por la CMF, pasando a ser fiscalizados exclusivamente por la Superintendencia de Pensiones.

Adicionalmente, se introducen perfeccionamientos en otras materias, tales como un aumento en los umbrales de producción y de comisiones a informar semestralmente por los corredores de seguros que son personas jurídicas, cambiando la instrucción de envío de los estados financieros semestrales sólo si la producción supera las 750.000 UF o las comisiones se elevan por sobre las 75.000 UF (actualmente dichos valores son de 250.000 UF y 25.000 UF, respectivamente).

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