- La CMF requirió a las entidades informar sus planes de continuidad operacional, evaluar posibles impactos financieros, instruyó sobre las medidas necesarias para la atención de clientes y usuarios y está en coordinación constante con las autoridades económicas.
- La institución implementó además un plan para garantizar su continuidad operacional y la atención a fiscalizados y público, incluyendo medidas de teletrabajo.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa las medidas adoptadas como resultado del monitoreo permanente de los efectos en el mercado financiero que puedan derivarse del coronavirus COVID-19, declarado pandemia global por la Organización Mundial de la Salud, y los impactos que ello pudiera tener en las entidades sujetas a su supervisión:
- Planes de Continuidad Operacional: La Comisión ha requerido a sus entidades supervisadas, incluyendo bancos y sociedades de apoyo al giro, compañías de seguros, administradoras de fondos, intermediarios de valores y de productos e infraestructuras de mercado financiero, aplicar oportunamente sus planes de contingencia, incluyendo el despliegue de aquellas medidas de continuidad de negocios necesarias para garantizar la continuidad operacional conforme a sus obligaciones regulatorias y la adecuada atención de sus clientes, depositantes, inversionistas, asegurados o participantes.
- Revelación de información al mercado: La CMF ha requerido a los emisores de valores de oferta pública divulgar tan pronto como sea posible cualquier información significativa sobre efectos financieros y operacionales que pudiera significar el brote de COVID-19 y medidas adoptadas para mitigar esos efectos, conforme a las obligaciones de transparencia que les impone la Ley de Mercado de Valores y normativa de la CMF.
- Administradoras de Fondos de Terceros e Intermediarios de Valores: Se ha instruido a estas entidades a continuar aplicando los marcos de gestión de riesgo requeridos por la normativa vigente, para estar en condiciones de atender oportunamente los requerimientos de los partícipes o inversionistas de los fondos administrados
- Instrucciones respecto de atención a clientes y usuarios: se ha instruido a las entidades fiscalizadas a adoptar las medidas necesarias para proveer adecuada atención e información a sus clientes, reforzando sus canales, como plataformas web, aplicaciones de teléfonos móviles, entre otros.
En el caso de la industria bancaria, las sucursales bancarias tienen funcionamiento obligatorio de lunes a viernes (días hábiles), de 9 a 14 horas, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Bancos. En aquellos casos en que estas entidades enfrenten inconvenientes en el actual escenario, tanto en la apertura de sus sucursales o en la prestación de otros servicios, deberán adoptar las medidas que al efecto se requieran para que los usuarios puedan acceder a los respectivos servicios bancarios en las distintas zonas geográficas en que operan, tomando los resguardos del caso y debiendo mantenerlos oportunamente informados sobre estas situaciones por los medios que dispongan (avisos destacados en las oficinas, sitios web y aplicaciones móviles).
- Medidas relativas al funcionamiento de la CMF: Conforme al plan de continuidad operacional de la Comisión, se han adoptado medidas pertinentes para garantizar la continuidad de sus funciones y los servicios que presta a los ciudadanos y agentes financieros, así como hacer posible el desarrollo del trabajo de nuestros funcionarios siguiendo las pautas establecidas por la autoridad sanitaria, incluyendo medidas de teletrabajo.
- Canales de atención a ciudadanos y entidades fiscalizadas: Se recuerda a los ciudadanos y fiscalizados que pueden acceder a información y servicios que presta la CMF a través sus plataformas digitales. Las entidades fiscalizadas pueden enviar su documentación a través de SEIL (Valores y Seguros) o Extranet (Bancos e Instituciones Financieras) sistema habilitado en nuestro sitio web www.cmfchile.cl; o bien, aprovechar los beneficios de CMF sin papel.
Por su parte, los ciudadanos pueden formular todas sus consultas generales en materias de valores, seguros o bancos; revisar el estado de una presentación o hacer una denuncia en www.cmfmascerca.cl. Los reclamos contra entidades fiscalizadas de valores y seguros pueden realizarse también a través de www.cmfmascerca.cl o mediante CMF sin papel en el caso de reclamos contra Bancos e Instituciones Financieras.
- Coordinación entre autoridades financieras: La Comisión para el Mercado Financiero, está además en permanente coordinación con las autoridades financieras del país a través del Consejo de Estabilidad Financiera, esto es, Ministerio de Hacienda, Banco Central y Superintendencia de Pensiones.
La CMF continúa monitoreando los acontecimientos que puedan afectar al mercado financiero como resultado de la situación de COVID-19 y está preparada para usar las atribuciones y poderes que le confiere la ley para velar por el correcto funcionamiento y estabilidad del mercado financiero.
La Comisión solicita a ciudadanos y fiscalizados a preferir el uso de las plataformas digitales de las instituciones financieras en el actual contexto que vive el país.