26. Distribución de Rentas Vitalicias según su periodo diferido - entre el 01 de enero y el 30 de junio de 2024

Una Renta Vitalicia puede ser Inmediata o Diferida. Se dice que es Inmediata cuando la persona al pensionarse comienza a recibir inmediatamente sus pagos de pensión en la Compañía que ella eligió. Por otro lado se dice que es Diferida si la Compañía comenzará a pagarle su pensión en un tiempo futuro, por ejemplo en 2 años más, periodo durante el cual su pensión le será pagada en la AFP. El interés de recibir una pensión de Renta Temporal en la AFP y luego una Renta Vitalicia Diferida en la Compañía, radica en que durante el período temporal en que recibe pensión en la AFP el monto de dicha Renta Temporal puede ser hasta el doble del monto de la Renta Vitalicia Diferida. Por ejemplo, una persona podría gozar de una Renta Temporal de 20 UF durante 2 años para luego de transcurridos éstos, pasar a recibir una Renta Vitalicia de 10 UF mensuales en la Compañía que eligió de por vida. El gráfico habla de las preferencias de elección de dicho período diferido, durante el cual recibe su Renta Temporal en la AFP.

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